convocatoria imjuve

INDICE


ANEXO I . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

LINEAMIENTOS GENERALES

ANEXO II . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11

CRITERIOS GENERALES PARA LA SELECCIÓN

DE PROYECTOS

ANEXO III . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12

PERFÍL DE LOS PROYECTOS Y CRITERIOS DE

SELECCIÓN POR TEMÁTICA

ANEXO IV . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN

REQUERIDA

ANEXO V . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17

GUÍA PARA EL LLENADO DE FORMATOS PARA

EL REGISTRO DE PROYECTOS

ANEXO VI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22

FORMATO 1: FICHA DE REGISTRO

CATEGORÍA “A”

ANEXO VI . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25

FORMATO 1: FICHA DE REGISTRO

CATEGORÍAS “B” “C” o “D”

ANEXO VII . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28

EJEMPLO DE RECIBO FÍSCAL PARA PAGO

ÚNICO DE LA MINISTRACIÓN

1

Con el objeto de estimular la participación juvenil mediante el apoyo a proyectos de desarrollo

social dirigido a los jóvenes del país, el

Instituto Mexicano de la Juventud

CONVOCA

A grupos y organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro, a presentar propuestas

para obtener recursos financieros, que se otorgaran bajo las siguientes:

BASES

I. Podrán participar todos los grupos y organizaciones

sin fines de lucro que, mediante su

desarrollo organizacional y consolidación, participen

en cualquier eje temático contenido en

esta convocatoria, presentando proyectos de

desarrollo social viables para los jóvenes de 12 a

29 años en todo el país:

CATEGORIA “A”

Grupos no constituidos legalmente.

CATEGORIA “B”

Organizaciones que tengan menos de dos años

de haberse constituido legalmente.

CATEGORIA “C”

Organizaciones que tengan de dos a cinco años

de haberse constituido legalmente.

CATEGORIA “D”

Organizaciones que tengan cinco años o más

de haberse constituido legalmente.

II. De acuerdo a las características de los grupos

y de las organizaciones, las solicitudes de

apoyo a proyectos se ajustarán a los siguientes

techos financieros:

• Categoría A, hasta 30 mil pesos.

• Categoría B, hasta 70 mil pesos.

• Categoría C, hasta 100 mil pesos.

• Categoría D, hasta 150 mil pesos.

III. El Comité Dictaminador determinará la

asignación del monto específico, el cual no podrá

ser inferior al 50% del monto máximo por

categoría, tomando en cuenta los objetivos y

costos del proyecto participante, así como la

valoración detallada de cada una de las etapas

y su alcance.

IV. El financiamiento se destinará para:

1. Capacitación, la cual deberá ser referente a la

temática de su proyecto.

2. Implementación, desarrollo o culminación

del proyecto, así como de los proyectos pilotos.

3. Que el grupo u organización beneficiada participe

en eventos que organice y convoque el

IMJUVE durante el 2010.

4. Que los grupos se constituyan legalmente

(exclusivamente para la Categoría “A”). Lo anterior

con la finalidad de que dichos grupos

puedan recibir los beneficios que establece el

artículo 7 de la Ley Federal de Fomento a las

Actividades Realizadas por Organizaciones de

la Sociedad Civil.

5. Los grupos u organizaciones que tomen la

capacitación referida en el punto número 1 del

párrafo anterior, deberán acreditarla mediante

documentación comprobatoria, expedida por

la institución que imparta dicha capacitación, a

fin de avalar su cumplimiento ante el IMJUVE.

2

Guía para la Presentación de Proyectos

V. Los proyectos deberán desarrollarse y comprobarse

en un plazo máximo de 7 meses durante

el año 2010, a partir del mes de mayo y

hasta el 30 de noviembre de 2010, en un esquema

en el que los jóvenes se asuman como actores

estratégicos del desarrollo nacional y tengan

como beneficiaria directa a la población juvenil

de entre 12 y 29 años y a sus comunidades, en

cualquiera de los siguientes ejes temáticos:

1. Promoción de la Salud Integral

• Nutrición.

• Prevención y atención de trastornos

de la conducta alimentaria.

• Prevención de adicciones.

• Prevención de accidentes

automovilísticos.

• Salud sexual y reproductiva.

• Prevención y atención de infecciones

de transmisión sexual (ITS) VIH/SIDA

• Salud mental.

2. Participación Juvenil

• Jóvenes en situación de calle.

• Jóvenes en conflicto con la ley.

• Jóvenes con capacidades especiales.

• Jóvenes migrantes.

• Jóvenes indígenas y rurales.

• Voluntariado y Servicio Social

comunitario.

• Promoción de encuentros

intergeneracionales con personas

adultas mayores.

3. Formación Ciudadana

• Cultura cívica, democrática y promoción

del voto.

• Derechos humanos.

• Equidad y género.

• Transparencia y combate a la corrupción.

• Monitoreo ciudadano.

• Liderazgo social juvenil.

4. Entornos Favorables para los Jóvenes

• Prevención del delito.

• Prevención de la violencia social

e intrafamiliar.

• Promoción de mecanismos de

autoconstrucción y vivienda juvenil.

• Promoción y cuidado del medio ambiente.

• Promoción y recuperación de espacios

comunitarios.

• Promoción y recuperación de espacios de

turismo regional y alternativo.

5. Educación Integral

• Alfabetización.

• Combate al rezago educativo.

• Educación no formal.

• Innovación científica y tecnológica.

• Orientación juvenil en relaciones

interpersonales.

• Orientación vocacional y ocupacional

productiva.

• Desarrollo artístico y cultural.

VI. El procedimiento para la recepción y dictaminación

de proyectos, difusión de resultados,

entrega de recursos, ejecución, evaluación y seguimiento,

se efectuará de acuerdo a los lineamientos

establecidos en la Guía para el Registro

de Proyectos que para tal efecto emita el IMJUVE

(ANEXO I).

VII. Los proyectos se elaborarán de acuerdo al

Formato para el Registro de Proyectos Juveniles

(ANEXO V) y deberán cumplir con la documentación

requerida (ANEXO IV), con los criterios

generales para la selección de proyectos

(ANEXO II), y con el perfil y criterios establecidos

para las temáticas (ANEXO III). La Guía que contiene

los anexos citados estará disponible a partir

del 1º de marzo de 2010 en las instalaciones

del IMJUVE, en las instancias de juventud de las

entidades federativas, así como en las páginas

electrónicas del IMJUVE y Poder Joven.

VIII. Los grupos y organizaciones que hayan

recibido apoyos por parte del IMJUVE en el

2008, podrán solicitar financiamiento, siempre

y cuando hayan presentado todos sus informes

finales y productos, así como concluido y comprobado

satisfactoriamente el proyecto apoyado;

teniendo para tal efecto la carta de liberación

expedida en el 2009 por la Subdirección de

Apoyo a Proyectos Juveniles del IMJUVE.

IX. No se recibirán proyectos de: partidos políticos,

agrupaciones políticas nacionales y locales,

asociaciones religiosas constituidas conforme a

la legislación aplicable, cualquier organización

con fines de lucro, funcionarios de acuerdo

3

a la Ley Federal de Responsabilidades de los

Servidores Públicos y sus familiares hasta en

cuarto grado, así como Servidores Públicos estatales

y/o municipales; aquellos grupos u organizaciones

cuyos miembros formen parte de

los comités dictaminadores, los familiares de

éstos hasta en cuarto grado y quienes directa o

indirectamente estén involucrados en otro proyecto

apoyado por el IMJUVE, tales como la no

aceptación de una persona que funja como representante

de dos organizaciones diferentes.

Los grupos y organizaciones que hayan sido

beneficiados por la Convocatoria en el 2009, no

podrán participar en la presente Convocatoria,

salvo aquellos grupos que se constituyeron legalmente

y que presenten su CLUNI al cierre de

la misma conforme a los criterios establecidos

en las presentes Bases.

X. Se deberá presentar un proyecto de desarrollo

social conforme a los ejes temáticos previstos

en la presente guía, para lo cual se registrará

el proyecto en línea, conforme a los formatos y

anexos publicados hasta el 7 de mayo de 2010.

XI. Las organizaciones de la sociedad civil legalmente

constituidas, tendrán que registrar al

IMJUVE junto con su proyecto participante y en

la fecha señalada en el punto anterior, su Clave

Única de Inscripción (CLUNI) y anexarlo en formato

electrónico para constar su inscripción

en el Registro Federal de las Organizaciones de

la Sociedad Civil.

Lo anterior con la finalidad de que en caso de resultar

dictaminadas favorablemente, el IMJUVE

pueda entregar el apoyo correspondiente, de

conformidad con lo establecido por el artículo 7

de la Ley Federal de Fomento a las Actividades

Realizadas por Organizaciones de la Sociedad

Civil.

XII. Los resultados acerca de la dictaminación

de los proyectos se publicarán el lunes 28 de

junio del presente año, en el periódico El Universal,

así como en las páginas electrónicas del

IMJUVE y Poder Joven.

XIII. Esta Convocatoria estará vigente a partir

de su publicación.

XIV. Todo aquello que no esté previsto en la

presente Convocatoria será resuelto en forma

conjunta por el Comité Organizador, el Comité

Dictaminador y el IMJUVE.

NOTA. Los grupos y organizaciones interesadas

en presentar sus propuestas, podrán solicitar

la información y documentación requerida a

la Subdirección de Apoyo a Proyectos Juveniles

del Instituto Mexicano de la Juventud, ubicado

en Serapio Rendón No. 76, mezanine, Col. San

Rafael, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06470,

México, D.F., teléfono (0155) 1500-1300 Ext.

1325, 1427 y 1324; en las oficinas de las instancias

de juventud de la entidad correspondiente

o bien, a través de las páginas electrónicas:

www.imjuventud.gob.mx

www.poderjoven.org.mx.

Los grupos y organizaciones participantes, deberán

presentar sus proyectos de acuerdo con

el contenido de las presentes Bases y de la Guía

para la Presentación de Proyectos.

“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado

ni promovido por ningún partido político y sus

recursos provienen de los impuestos que pagan todos

los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa

con fines políticos, electorales, de lucro y otros

distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido

de los recursos de este Programa, deberá ser denunciado

y sancionado, de acuerdo con la ley aplicable y ante

la autoridad competente.”

4

Guía para la Presentación de Proyectos

ANEXO I

LINEAMIENTOS GENERALES

1. Podrán participar en la Convocatoria:

• Los grupos y organizaciones de la

sociedad civil mexicana.

• Aquellas que residan en el extranjero en

la que sus miembros acrediten tener la

nacionalidad mexicana, que presenten

proyectos de desarrollo social conforme a

la presente Guía y que sean implementados

en las comunidades de origen dentro

del territorio nacional o en su lugar de residencia.

2. Todos los grupos no constituidos legalmente

tendrán que estar formados por 5 o más personas

para participar en la Convocatoria de Apoyo

a Proyectos Juveniles 2010.

3. Las organizaciones legalmente constituidas

deberán contar con recibos que cumplan en su

totalidad los requisitos fiscales (véase Anexo VII

Formato de Recibo Fiscal para Pago de la Ministración).

4. Los proyectos deberán elaborarse con base

en la presente Guía para el registro de Proyectos

(véase Anexo V Formato para el registro de

Proyectos) y de conformidad con la numeración

estipulada para tales efectos.

5. Sólo se registrará un proyecto participante

por grupo u organización.

6. El IMJUVE se reserva el derecho de cancelar

definitivamente el apoyo a determinado proyecto

en caso de incumplir sus metas o actividades,

así como por no presentar en tiempo y

forma la documentación requerida en el Anexo

IV de la presente Guía.

7. No se apoyarán proyectos de procedencia

partidista o religiosa, académicos o de investigación,

ni propuestas gubernamentales o individuales.

8. No podrán participar aquellas organizaciones

que tengan un convenio con el IMJUVE para el

presente ejercicio fiscal, que sean beneficiarios,

coparticipantes o materia del mismo.

9. Los proyectos deberán desarrollarse en un

plazo máximo de siete meses, contados a partir

del mes de mayo y hasta el mes de noviembre

de 2010 y dentro del ejercicio fiscal en que se

recibió el apoyo.

REGISTRO EN LÍNEA

Con el objeto de eficientar la recepción e identificación

de los proyectos, será indispensable

que los grupos y organizaciones registren su

proyecto participante, a través de la página

electrónica del IMJUVE.

Lo anterior a efecto de lograr que el Comité Dictaminador

consulte el resumen del proyecto

participante; que los grupos y organizaciones

obtengan promoción a nivel nacional para el

desarrollo de sus proyectos; o bien, cuenten con

el apoyo de potenciales voluntarios que puedan

colaborar con la operación de sus proyectos.

El procedimiento de registro consiste en ingresar

al portal del IMJUVE www.imjuventud.gob.

mx. En la columna del lado izquierdo, aparecerá

la opción de registro de proyectos, el cual deberá

ser llenado conforme a las características del

proyecto y la organización.

. . . . . . . . . . . . . . .

5

Cada grupo u organización participante, deberá

ubicar claramente su proyecto en sólo una temática

y subtemática que determinen

mediante el llenado de la Ficha de Registro

(véase Anexo VI) misma que deberá ser acompañada

por el proyecto.

Los grupos participantes no constituidos legalmente

(Categoría “A”), deberán registrar un

facilitador que de manera voluntaria y sin fines

de lucro apoye y asesore el buen desarrollo del

proyecto hasta la culminación del mismo (véase

Anexo IV, Requisitos Generales para todos

los Participantes). La persona designada como

facilitador, no podrá ser miembro del grupo juvenil

ni recibir recurso alguno por parte de los

participantes.

De conformidad con el punto XI de las Bases de

la Convocatoria, las organizaciones legalmente

constituidas (Categorías “B”, “C” Y “D”), deberán

registrar de acuerdo al sistema de registro en

línea del IMJUVE, su Clave Única de Inscripción

(CLUNI) vigente junto con su proyecto participante

y anexarlo en formato electrónico para

constar su inscripción en el Registro Federal de

las Organizaciones de la Sociedad Civil.

Esto con la finalidad de que en caso de resultar

dictaminadas favorablemente, el IMJUVE pueda

entregar el apoyo correspondiente con fundamento

en lo establecido en el artículo 5º de la

Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas

por Organizaciones de la Sociedad Civil.

Cumplidos los requisitos anteriores y una vez

registrados los proyectos participantes, conforme

a los formatos publicados, el IMJUVE a través

del portal www.imjuventud.gob.mx asignará

un número de folio que dará constancia de su

inscripción y participación en la Convocatoria.

Dicho número, será indispensable para que el

grupo u organización lo mencione al IMJUVE

como referencia para cualquier consulta, duda

o aclaración del status de su proyecto ante la

Subdirección.

DICTAMINACIÓN

La Convocatoria de Apoyo a Proyectos Juveniles

contará con un Comité Organizador que estará

conformado por un grupo de 10 a 12 personas

de los sectores académico, social y de gobierno,

por los titulares de la Dirección de Enlace con

Organizaciones Juveniles y de la Subdirección

de Apoyo a Proyectos Juveniles, así como del

Consejo de Seguimiento de Proyectos y Programas

del IMJUVE; sin embargo los miembros

del Comité Organizador podrán designar a un

suplente.

Las funciones del Comité Organizador, son entre

otras, las de elaborar una lista de instituciones

académicas, sociales y gubernamentales a

las cuales se les solicitará por escrito y de manera

oficial, la currícula de personas especialistas

en cada una de las temáticas que comprende la

Convocatoria, para proponerlos como candidatos

a Jurado. Una vez recibida y revisada la currícula

por el Comité Organizador, éste realizará

un sorteo público y ante notario público, a fin

de seleccionar los nombres de los Jurados para

integrar el Comité Dictaminador.

El Comité Dictaminador se conforma con la

reunión de los Jurados de las distintas subtemáticas

de la Convocatoria. Corresponde, a éstos,

el análisis y dictaminación de cada uno de

los proyectos participantes, la asignación del

monto del apoyo conforme al objetivo y costo

del proyecto, de igual forma seleccionará

por áreas subtemáticas y por categoría aquellos

proyectos que hayan obtenido la calificación

más alta, para otorgar el apoyo financiero.

Finalmente pertenece a este la valoración detallada

de los criterios contenidos en la presente

Guía (véanse Anexos II y III Criterios Generales

para la Selección de Proyectos, Perfil de los Proyectos

y Criterios de Selección por Temática y

Subtemática).

El nombramiento de las personas que conforman

el Comité Organizador y Dictaminador

tendrá vigencia durante el presente ejercicio

fiscal.

6

Guía para la Presentación de Proyectos

No podrán fungir como Jurados quienes sean

responsables o facilitadores de algún proyecto,

socios o integrantes de los grupos u organizaciones

participantes, funcionarios públicos del

Instituto Mexicano de la Juventud, sus familiares

hasta en cuarto grado y los familiares de quienes

hayan sido designados como miembros del

Comité Organizador.

El resultado del Comité Dictaminador será

inapelable y las actas de dictaminación tendrán

el carácter de reservado conforme al artículo 13,

fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y

Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Dichas actas estarán en resguardo del Instituto

Mexicano de la Juventud a través de la

Subdirección de Apoyo a Proyectos Juveniles.

RESULTADOS DE LOS PROYECTOS

La notificación de los resultados, será publicada

el 28 de junio en el diario El Universal, así como

en las páginas electrónicas del IMJUVE y Poder

Joven. Los grupos y organizaciones cuyos proyectos

hayan sido dictaminados favorablemente,

serán notificados vía telefónica o por correo

electrónico. En caso de ausencia de notificación

no exime a los grupos y organizaciones de consultar

los resultados en los medios señalados en

el presente párrafo.

A los grupos u organizaciones no dictaminadas

favorablemente, no les será devuelto el material

entregado al IMJUVE. Los proyectos participantes

quedarán en resguardo del Instituto en el

archivo que para tal efecto se elabore.

Los representantes de los grupos y organizaciones

que resulten dictaminados favorablemente,

deberán presentar al IMJUVE a través de la Subdirección

de Apoyo a Proyectos Juveniles, a más

tardar el 2 de julio de 2010, los requisitos de la

segunda etapa (véase Anexo IV Documentación

Requerida) con la finalidad de que el IMJUVE

elabore los convenios de colaboración. Transcurrido

el término establecido en este párrafo, y

en caso de que los grupos u organizaciones dictaminadas

favorablemente no entreguen dicha

documentación, será cancelado definitivamente

el recurso destinado al apoyo del proyecto,

sin perjuicio ni responsabilidad para el IMJUVE.

Una vez que el IMJUVE elabore los convenios de

colaboración, se dará aviso a los grupos y organizaciones

dictaminados favorablemente, para

que sus representantes se presenten en tiempo

y forma a la firma de dicho convenio, en las

instancias estatales o municipales de juventud

o en las instalaciones del IMJUVE en la Ciudad

de México. La firma de dicho convenio obliga al

grupo u organización a cumplir en su totalidad

la ejecución y desarrollo del proyecto dictaminado

favorablemente.

A los responsables de los proyectos dictaminados

favorablemente, se les enviará a través de

correo electrónico los formatos del reporte, con

el objeto de que los grupos y organizaciones informen

a la Subdirección de Apoyo a Proyectos

Juveniles, de manera oportuna, las actividades

y comprobaciones del apoyo otorgado, en el

desarrollo y conclusión del proyecto, durante el

mes de noviembre de 2010.

En caso de que el grupo u organización incumpla

parcial o totalmente con las obligaciones

del convenio de colaboración, podrán ser sujetos

de responsabilidades administrativas, civiles

y penales. Lo anterior sin perjuicio de lo

establecido en la Ley Federal de Fomento a las

Actividades Realizadas por Organizaciones de

la Sociedad Civil, en lo que resulte aplicable.

ENTREGA DE APOYOS

I.- Los proyectos de grupos no constituidos legalmente

(Categoría “A”), que manifiesten su intención

de constituirse, recibirán el apoyo económico

de hasta $30,000 (TREINTA MIL PESOS

00/100 M.N.) para el desarrollo del proyecto.

Los proyectos de los grupos Categoría “A”, recibirán

una única ministración del 100% del apoyo

económico, una vez que hayan sido cubiertos

los requisitos de la segunda etapa y que se haya

elaborado y firmado el convenio de colaboración

con el IMJUVE.

Aquellos grupos no constituidos legalmente

y que hayan manifestado por escrito, en la

7

presentación de su proyecto, la intención de

constituirse, podrán solicitar la asesoría legal

correspondiente en la Dirección de Enlace con

Organizaciones Juveniles a través de la Subdirección

de Fomento a la Organización Juvenil.

La única ministración se entregará una vez que

los grupos de la Categoría “A” hayan cumplido

con todos y cada uno de los requisitos de la

segunda etapa mencionada en el apartado de

Requisitos.

Este recurso se entregará para cubrir los siguientes

conceptos:

• Para la implementación, desarrollo y

culminación del proyecto, así como para

el desarrollo de los proyectos pilotos, en

su caso.

• Para la capacitación específica de la

temática de interés de cada grupo u

organización.

• Para que el grupo u organización beneficiada

por la Convocatoria participe en los

eventos al que el IMJUVE convoque para

la presentación de los proyectos beneficiados,

así como en actividades de voluntariado

y movilización juvenil.

• Para que los grupos de Categoría “A” se

constituyan legalmente.

II.- El programa otorgará un apoyo económico

de hasta $70,000.00 (SETENTA MIL PESOS

00/100 M.N.) para los proyectos de organizaciones

que se encuentren legalmente constituidas

y con menos de dos años de constitución legal a

la fecha del cierre de la Convocatoria (Categoría

“B”).

Los proyectos de organizaciones de Categoría

“B”, recibirán una única ministración del 100 %

una vez que hayan sido cubiertos los requisitos

de la segunda etapa y que se haya elaborado

y firmado el convenio de colaboración con el

IMJUVE.

Este recurso será específicamente para cubrir

los siguientes conceptos:

• Para la implementación, desarrollo y culminación

del proyecto, así como para el

desarrollo de los proyectos pilotos, en su

caso.

• Para el rubro de capacitación en las temáticas

de interés de las organizaciones beneficiadas.

Para que la organización beneficiada por la

Convocatoria participe en los eventos a los que

el IMJUVE convoque para la presentación de los

proyectos beneficiados, así como en actividades

de voluntariado y movilización juvenil.

III.- Los proyectos de organizaciones que tengan

de dos a cinco años de haberse constituido

legalmente a la fecha del cierre de la Convocatoria

(Categoría “C”), recibirán un apoyo económico

de hasta $100,000.00 (CIEN MIL PESOS

00/100 M.N.) y deberán presentar proyectos

que generen un mayor impacto y alcance en la

población juvenil del país, mediante la publicación

de materiales gráficos, videográficos y/o a

través de información en internet, sobre las diversas

temáticas de las organizaciones.

Los proyectos de organizaciones de Categoría

“C” recibirán una única ministración del 100%

una vez que hayan sido cubiertos los requisitos

de la segunda etapa y que se haya elaborado

y firmado el convenio de colaboración con el

IMJUVE.

Este recurso será específicamente para cubrir

los siguientes conceptos:

• Para la implementación, desarrollo y culminación

del proyecto.

• Para el rubro de capacitación en las temáticas

de interés de las organizaciones beneficiadas.

• Para la impresión o publicación del material

del proyecto, en su caso.

• Para que las organizaciones participen en

los eventos a los que el IMJUVE convoque

para la presentación de los proyectos beneficiados,

así como en actividades de vo8

Guía para la Presentación de Proyectos

luntariado y movilización juvenil.

IV.- Los proyectos de organizaciones que tengan

mas de cinco años de haberse constituido

legalmente a la fecha del cierre de la Convocatoria

(Categoría “D”), recibirán un apoyo económico

de hasta $150,000.00 (CIENTO CINCUENTA

MIL PESOS 00/100 M.N.) y deberán presentar

proyectos que generen un mayor impacto y alcance

en la población juvenil del país, mediante

la publicación de materiales gráficos, videográficos

y/o a través de información en internet,

sobre las diversas temáticas de las organizaciones.

Los proyectos de organizaciones de Categoría

“D” recibirán una única ministración del 100%

una vez que hayan sido cubiertos los requisitos

de la segunda etapa y que se haya elaborado

y firmado el convenio de colaboración con el

IMJUVE.

Este recurso será específicamente para cubrir

los siguientes conceptos:

• Para la implementación, desarrollo y culminación

del proyecto

• Para el rubro de capacitación en las temáticas

de interés de las organizaciones bene

ficiadas.

• Para la impresión o publicación del material

del proyecto, en su caso.

• Para que las organizaciones participen en

los eventos a los que el IMJUVE convoque

para la presentación de los proyectos beneficiados,

así como en actividades de voluntariado

y movilización juvenil.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

Los grupos y organizaciones ganadoras deberán

dar crédito al Instituto Mexicano de la Juventud

de todos los productos y actividades generadas

durante la ejecución y divulgación del proyecto.

En caso de que los grupos u organizaciones

requieran el uso del logotipo oficial del IMJUVE,

tendrán que solicitarlo por escrito a la Subdirección

de Apoyo a Proyectos Juveniles.

Para el caso de la imagen Poder Joven, se deberá

tramitar un convenio de licencia de uso de

la misma ante la Dirección de Asuntos Jurídicos

del IMJUVE.

El IMJUVE evaluará los proyectos realizados por

los grupos u organizaciones ganadoras, a través

de:

• Entrega del informe de actividades e informe

financiero: Los responsables de los grupos

u organizaciones deberán presentar un

informe final a más tardar el 30 de Noviembre

de 2010 al concluir el proyecto.

Visitas de campo: Visitas de campo del personal

operativo del Programa para verificar el avance

de los proyectos, que podrá ser realizado con

apoyo de otras instancias que colaboren con el

IMJUVE.

Los proyectos ganadores no podrán ser modificados

sustancialmente por ningún motivo, es

decir, deberán conservar en lo posible, la programación,

los alcances, indicadores y metas

presentadas en el proyecto participante.

En caso de que un proyecto ganador requiera

modificar algunos aspectos de su programación,

alcances, indicadores y metas, en respuesta

a circunstancias imprevistas durante su planeación,

deberá enviar a la Subdirección de Apoyo

a Proyectos Juveniles del IMJUVE una carta en la

que mencione la justificación de dicho cambio

así como la programación y calendarización definitiva

del proyecto ganador, misma que estará

sujeta a la autorización de la Subdirección.

PRESUPUESTO

Los recursos financieros otorgados por el IMJUVE

tendrán que incluirse en la contabilidad de la

organización.

Cada organización describirá y comprobará

otras aportaciones en efectivo o en especie, necesarias

para la ejecución del proyecto, mismas

que deberán sumar el 50% de la cantidad solici9

tada al IMJUVE (véase Figura 2, Anexo V, Formato

para el registro de Proyectos).

El gasto presupuestal deberá ser congruente

con los objetivos, metas y calendario de actividades

del proyecto ganador.

El apoyo a los proyectos ganadores se otorgará

únicamente a conceptos que se ubiquen dentro

de los siguientes rubros presupuestales: capacitación,

viáticos, mobiliario y equipo, materiales

de oficina y apoyo didáctico, recursos humanos,

así como gasto administrativo. No se financiarán

gastos para la construcción ni remodelación

de inmuebles, ni compra o reparación de vehículos.

RUBROS PRESUPUESTALES

Capacitación

Este rubro se utilizará para la capacitación de

la temática de su interés de los miembros del

grupo u organización a través del cual podrán

asistir a congresos, simposiums, foros, talleres

u otros cursos. En los casos en que el grupo u

organización contrate de manera particular a

un capacitador, deberá contar con recibos de

honorarios y/o una carta de visto bueno de la

institución a la cual pertenece.

• Los grupos de Categoría “A” no podrán ex•

ceder del 30% del monto total aprobado

por el Comité Dictaminador.

• En el caso de organizaciones de Categorías

“B”, “C” y “D” no deberán exceder el gas

to del 20% en este rubro del monto total

aprobado por el Comité Dictaminador.

Como un beneficio adicional, el IMJUVE brindará

a los grupos u organizaciones participantes,

la información necesaria para contar con

la capacitación especializada en los siguientes

temas:

a) Fortalecimiento institucional,

b) Constitución legal de organizaciones juveniles,

c) Planeación estratégica; o bien,

d) Transparencia y rendición de cuentas.

Viáticos.

Este rubro comprende los gastos de alimentación,

hospedaje, transportación aérea y terrestre,

así como peaje y/o renta de transporte para

los miembros del grupo u organización, exclusivamente

para el cumplimiento del proyecto

apoyado.

• Los grupos u organizaciones de todas las

categorías no podrán exceder el gasto del

20% en este rubro del monto total aprobado

por el Comité Dictaminador.

Mobiliario y Equipo.

Este rubro comprende la adquisición de equipo

necesario para la realización del proyecto tales

como: mobiliario o equipo para oficina, computadora,

fax, televisor, equipo fotográfico o de video,

así como el mantenimiento del mobiliario

o equipo.

Materiales de oficina o de apoyo didáctico.

Este rubro comprende gastos de papelería,

compra o diseño de materiales para la realización

de cursos, talleres, encuentros, brigadas o

la elaboración e impresión de productos resultado

de alguna actividad, como: memorias, manuales,

carpetas, folletos, videos, audiocasetes o

adquisición de material bibliográfico.

Los grupos de Categoría “A” no podrán exceder

del 70% del monto total aprobado por el Comité

Dictaminador.

En el caso de organizaciones de Categorías “B”,

• Los grupos de Categoría “A” no podrán

exceder del 30% del monto total aproba

do por el Comité Dictaminador.

• En el caso de organizaciones de Categorías

“B”, “C” y “D” no deberán exceder el

gasto del 20% en este rubro del monto

total aprobado por el Comité Dictaminador.

10

Guía para la Presentación de Proyectos

“C” y “D” no deberán exceder el gasto del 60%

en este rubro del monto total aprobado por el

Comité Dictaminador.

Recursos Humanos.

Este rubro comprende el pago de servicios profesionales

o técnicos especializados para capacitación,

asesoría, consultorías e investigaciones

necesarias para el proyecto apoyado. Quedan

excluidos los miembros de la organización así

como quienes funjan como facilitadores; en los

casos en que el grupo u organización contrate a

personal externo a la organización, deberá contar

con recibos de honorarios y/o carta de visto

bueno de la institución a la cual pertenece.

Los grupos u organizaciones de todas las categorías

no podrán exceder el gasto del 20% en

este rubro del monto total aprobado por el Comité

Dictaminador.

Administrativo.

Incluye todo tipo de gasto administrativo para

la operación del proyecto, pago de servicios de

comunicaciones (teléfono, internet, fax y mensajería),

pago de renta de locales, agua, luz o

gas.

Los grupos u organizaciones de todas las categorías

no podrán exceder el gasto del 30% en

este rubro del monto total aprobado por el Comité

Dictaminador.

Los grupos u organizaciones deberán iniciar

el proyecto que fue dictaminado favorablemente,

durante los meses previstos, dentro del

presente ejercicio fiscal. En caso de que hayan

sido dictaminados favorablemente con alguna

variación en el monto de apoyo, en las

metas o indicadores, adecuarán dicha situación

antes de la elaboración de los convenios

de colaboración.

11

ANEXO II

CRITERIOS GENERALES PARA SELECCIÓN

DE PROYECTOS

1. Sobre la orientación básica del proyecto

• Que propicie la participación equitativa de

los jóvenes en el desarrollo y consolidación

de las organizaciones juveniles.

• Que incluya como beneficiarios del proyecto

a jóvenes entre 12 y 29 años de edad que

vivan en el territorio mexicano.

• Que fomente el asociacionismo juvenil.

• Que promueva una cultura de los derechos

humanos.

• Que contenga elementos innovadores para

la solución del problema que plantea.

2. Sobre los procesos organizativos

3. Sobre los contenidos de su programación

4. Sobre la formalización de la organización

. . . . . . . . . . . . . . .

• Que plantee objetivos precisos, indicadores

y metas cuantificables y evaluables.

• Que contenga una metodología adecuada

para el cumplimiento de los indicadores,

metas y objetivos.

• Que cuente con un plan de acción que incluya

detalladamente las actividades que se

realizarán para la consecución de los objetivos,

así como costos y calendarios.

• Que involucre a los beneficiarios en el diseño,

ejecución y/o evaluación del proyecto

de fortalecimiento de desarrollo de su propia

organización.

• Que contemple resultados a corto, mediano

y largo plazo.

• Que establezca mecanismos para el manejo

transparente de los recursos.

• Que genere procesos que consoliden el

desarrollo de los grupos u organizaciones.

• Que prevea mecanismos para su continuidad

y solvencia financiera a mediano o largo

plazo.

• Que mejore la capacidad técnica y administrativa

del grupo u organización

• Que incluya programas de capacitación de

los ejecutores del proyecto.

• Que fortalezca la capacidad del grupo u

organización para prestar servicios a terceros.

• Que propicie el intercambio de experiencias

y la cooperación entre los grupos y organizaciones,

así como de sus redes, en su

caso.

• Que fomente los vínculos de la organización

con los beneficiarios del proyecto y la

comunidad en la que se desarrolla.

• Que plantee actividades en colaboración

con instituciones académicas, gubernamentales

o de la iniciativa privada.

• Que incluya una estrategia de divulgación

de los resultados a fin de generar un efecto

multiplicador.

• En el caso de organizaciones legalmente

constituidas, éstas se encuentren inscritas

en el Registro Federal de Organizaciones de

la Sociedad Civil, y cuente con su Clave Única

(CLUNI) vigente.
 
ver enlace
http://www.imjuventud.gob.mx/contenidos/2010/proyectos_2010.pdf